Se puede solicitar en casos que las actas tengan errores, omisiones, actos o hechos por los cuales no se vea reflejada la identidad de las personas inscriptas. En estos casos se podrá solicitar la rectificación del acta correspondiente de conformidad con lo establecido en los artículos 1 y Art. 85 de la Ley 26413. Para gestionar el trámite puede presentarse en cualquier oficina del registro civil de la provincia o en la Dirección Provincial del Registro Civil.
Requisitos a presentar:
- Formulario de solicitud dirigido a la Dirección de Registro Civil la que debe ser firmada en presencia del oficial público.
- Acta de nacimiento, matrimonio o defunción a rectificar.
- Documentación original de la que surja el dato a insertar o a corregir debidamente certificada.
- DNI del solicitante.
En caso de que el acta a modificar sea de un menor, el trámite deberá ser peticionado por los progenitores o responsable legal.