- Pasaporte
Requisitos personas adultas:
- Presentar el DNI
- En caso de ya tener un pasaporte, llevarlo al registro para la actualización. El pasaporte viejo será inutilizado y devuelto a su titular en todos los casos, preservando el/los visados que tuviera.
Una vez emitido el pasaporte nuevo, no se podrá utilizar el ejemplar viejo bajo ninguna circunstancia para realizar viajes, gestiones, etc.
Requisitos menores:
- Presentar el Documento Nacional de Identidad.
- Partida de nacimiento legalizada.
Presentarse con acompañamiento del padre, madre o representante legal; y sus respectivos documentos vigentes.
Conforme el código Civil y Comercial vigente, se presume que los actos realizados por uno de los progenitores cuentan con la conformidad del otro.
- Acreditación del representante legal, si corresponde: oficio judicial o testimonio de tutela de la persona menor de edad. El mismo es otorgado por el juzgado y debe contar con sello y firma del juez/a o del secretario/a o funcionario/a autorizado a extender oficios en cumplimiento de mandas judiciales.
- Si la persona menor se encuentra en una institución de cuidado u hogar convivencial: autorización de representación firmada y sellada por la autoridad competente que corresponda.
- Oficio judicial o testimonio de guarda provisoria con fines de adopción. Debe contar con sello y firma del juez/a o del secretario/a o funcionario/a autorizado a extender oficios en cumplimiento de mandas judiciales.
Requisitos personas incapaces:
- Documento Nacional de Identidad
- Testimonio judicial de la designación de la persona que ejerza la tutela o curatela, salvo en el supuesto que la misma hubiere sido asumida por ministerio de la Ley.
- Documento Nacional de Identidad de la persona que ejerza la tutela o curatela.
- La obtención del pasaporte por aquellos ciudadanos sujetos a patria potestad, tutela o curatela estará condicionada al consentimiento expreso, de la persona u órgano que tenga asignado su ejercicio o, en defecto de ésta, del órgano judicial competente.
- En caso de no estar presente quien ejerza la patria potestad, tutela o curatela, quien deberá dejar constancia expresa de su ejercicio, el denunciante deberá presentar copia autenticada de autorización judicial o poder otorgado por escribano público, de la cual surja el permiso o consentimiento.
Medios de Pago:
El pago se realiza al iniciar la toma del trámite en la oficina seccional del registro civil.
- Tarjeta de Débito o Crédito
- Pago Mis Cuentas
- Código de Pago para Red Link
- QR para realizar el pago con cualquier Billetera Virtual o app bancaria.
- DEBIN a través de Cuenta Bancaria
- Pago Fácil