2026 - 20° aniversario de la reforma de la Constitución de la Provincia del Neuquén

Ambos progenitores deberán concurrir al registro civil más cercano para iniciar la inscripción de nacimiento, a los efectos de acordar el nombre y el apellido con el que se realizará la inscripción. En caso de no poder hacerlo, consultar excepciones en la oficina del registro civil más cercana.

Los plazos para realizar la inscripción son 40 días corridos desde el nacimiento; vencido el plazo se procede a la inscripción de oficio por parte del oficial público encargado conforme artículo 28 de la Ley 26.413

Requisitos:

  • Presentar DNI de ambos progenitores.
  • Libreta de familia, si los progenitores están casados.
  • En todos los casos, deben presentarse ambos progenitores a los efectos de acordar el apellido que llevará el inscripto, sobre todo si se trata del primer hijo de la pareja.
 

Recuerde que según el Artículo 64 del Código Civil y Comercial de la Nación “Todos los hijos de un mismo matrimonio deben llevar el apellido y la integración compuesta que se haya decidido para el primer hijo”.

Inscripción tardía de nacimiento

Se realiza en casos de personas que no tienen partida de nacimiento y DNI. De acuerdo al artículo 29 de la Ley Nacional N° 26.413, recientemente modificado mediante la Ley Nacional N° 27.611 las inscripciones cumplido el plazo legal se pueden realizar por vía administrativa mediante Disposición de la Dirección Provincial de Registro Civil.

Requisitos:

  • Presentarse en cualquier oficina del registro civil, y solicitar el Certificado de Pre Identificación.
  • Completar el formulario de inscripción fuera de término.
  • Presentar declaración testimonial y DNI de los testigos.
  • Presentar certificado médico de nacido vivo con firma y sello del profesional. Si no lo tienen, deberán presentar certificado expedido por médico oficial en el que se determine la edad y la fecha presunta de nacimiento; en el caso de menores de un año deberá presentar certificado médico del estado puerperal de la madre, e historia clínica que acredite el embarazo en los meses previos al nacimiento.
  • Acta de matrimonio o libreta de familia si los progenitores son casados.
 

La inscripción y primer ejemplar del DNI son gratuitos

Medios de pago

Compra online desde el sitio oficial de Rentas de la Provincia del Neuquén 

Pago por cajero o sucursal BPN